F. 2, dalt: "IESV D. O. M. AE. V. V. SER. RED. Q. N." "Memorias eclesiásticas de España por defenderse la iglesia tarraconense en la primacía, appéndice a lo que escrivieron en la III década del siglo XVIII por las iglesias de Toledo y de Sevilla, interpoladas con algunas diatribas. Escrivíalas J. de P., doctor en cánones, Barcin. año MDCCXLIV".
F. 3-8: "Índice de los títulos".
F. 9: "Resignación del escritor". Inc.: "1. Por cathólico estoy subordinado a la infalibilidad de la santa sede romana".
F. 9-9v: "Lector". Inc.: "2. No sé si por ocasión del tiempo tendrás por imprudente o atrevida mi pluma, no docta ni erudita, empleándose en asumpto en tantos siglos controvertido". Expl. (núm. 4): "será fácil corregirme con san Augustín in proemio lib. 2 De Trinitate: 'Magis optabo a quolibet reprehendi quam ab errante sive adulante laudari. Nullus reprehensor timendus est amatori veritati'. Vale".
F. 10-17v: "Preludio". Inc.: "5. Quando, cosa de un año, entre el estudio que ocupa mi ociosidad no sé cómo me movió la curiosidad saber qué fundamento podía tener la iglesia de Tarragona para intitularse primada de las Españas". Expl. (núm. 19): "que no omití añadirlo a los appéndices como se hallare".
F. 18-453: "Capítulo 1: De antes de la era christiana". "§ 1: Denominación de España". Inc.: "España, según san Isidoro Hispalense, lib. 14 De orig. aut. etymol., cap. 4, pág. 191 de la edición Parisi de 1601: 'Prius ob Ibero amne Iberia nuncupata'". Expl. (cap. XVIII, § 5, "Corolario"): "VIII. 608. Que los prelados toledanos no tienen ningún acto quieto y pacífico de exercer el derecho y prerrogativa de primados en la iglesia tarraconense". Segueix una rúbrica sense text: "Addenda, emendanda et corrigenda". |